miércoles, 11 de mayo de 2022

REAL DECRETO 311/2022, por el que se regula el ESQUEMA NACIONAL de SEGURIDAD

 

Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad

El 5 de mayo de 2022 entra en vigor el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad


Comentamos hace unos meses en este mismo blog, que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital había redactado un nuevo texto del Esquema Nacional de Seguridad adaptándose a las nuevas necesidades en el ámbito de la ciberseguridad.

El proyecto fue expuesto en audiencia pública, tal como exige los procedimientos para la elaboración de las leyes. (Proyecto de reforma del Esquema Nacionalde Seguridad, audiencia pública del anteproyecto de ley) En aquellas fechas también recogimos algunas novedades que aportaba esta nueva reforma (Notassobre el nuevo Esquema Nacional de Seguridad)

Siguiendo el procedimiento de elaboración de leyes. El 2 de febrero se registró en el Consejo de Estado la entrada el expediente sobre el proyecto de Real Decreto. La función del Consejo de Estado es emitir Dictámenes sobre las cuestiones que se le plantean que, sin ser vinculantes, si suelen ser adoptadas en los texto legislativo examinados.Este expediente fue priorizado como urgente.

(Consultar las web sobre las funciones del Consejo de Estado y las características de los Dictámenes que emite)

En veinte días la Comisión Permanente del Consejo de Estado emitió el Dictamen 93/22 que se puede consultar el la publicación de la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado. En el propio dictamen se explica todos los procedimiento que ha seguido este proyecto de Real Decreto hasta llegar al Consejo.

 

Dictamen 93/2022 del Consejo de Estado

El 3 de mayo  se incluyó en el orden del día del Consejo de Ministros (Referencia del Consejo de ministros del 3 de mayo). En esa sesión, el Real Decreto fue aprobado.

 

Consjeo de Ministros. Referencia, 3 de mayo de 2022, página 11


El dia 4 de mayo se publica en el BOE y como indica la Disposición final tercera, entró en vigor el día 5.

En estas páginas nos haremos eco de los comentarios al mismo que puedan emitir organismos, asociaciones, empresas o profesionales involucrados en este Real Decreto.

 



Luis F. Real


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